El descanso vacacional es un derecho fundamental, así lo indica la legislación peruana sobre las vacaciones, Artículo 25 de la Constitución Política regula el derecho fundamental de los trabajadores al descanso remunerado.
1. ¿Qué requisito debo cumplir para tener derecho a vacaciones?
Todo trabajador del sector privado tiene derecho a vacaciones por cada año completo de servicios.
2. ¿Cuántos días de vacaciones me corresponden al año?
Por cada año laborado generarás 30 días naturales de vacaciones.
3. ¿Cuándo puedo disfrutar de mis vacaciones?
A partir de la fecha que generas tus vacaciones cada año, normalmente esto pasa cuando cumples un año más de servicios en tu trabajo.
4. ¿Puedo adelantar mis vacaciones?
Como novedad del 2018, ya se pueden adelantar las vacaciones, por lo que ya no tienes que esperar hasta cumplir 1 año en la empresa para disfrutarlas.
5. ¿Puedo vender mis vacaciones a mi empleador?
puedes negociar con tu empleador el reducir tus vacaciones hasta como máximo 15 días por año, y a cambio recibes el pago por las vacaciones que no gozaste.
6. ¿Tengo derecho a indemnización si no tomé vacaciones?
puedes negociar con tu empleador el reducir tus vacaciones hasta como máximo 15 días por año, y a cambio recibes el pago por las vacaciones que no gozaste.
Te invito a que leas nuestro articulo sobre las boletas de pago electrónicas.